Acciones de controversias contractuales

Área de identificación


Título: Acciones de controversias contractuales

Nivel de descripción: La acción contractual es un mecanismo de solución de conflictos surgidos con ocasión de los contratos estatales.La finalidad de la acción contractual es permitir a las partes que intervienen en el contrato controvertir todos los asuntos relacionados con las diferencias que se presenten entre la entidad y el particular contratista, ya sea sobre la validez del contrato, sobre la revisión. Y en general para que se hagan las declaraciones y condenas como equilibrio económico del contrato y reconocimiento de extra costos, que merecen conceptualización especial.Tomado de: http://es.scribd.com/doc/75177311/Accion-Contractual#scribd


Área de estructura


Alcance y contenido:

La subserie tiene valor administrativo porque evidencia el cumplimiento de las funciones asignadas a la Defensa Judicial de la Oficina Asesora Jurídica y tiene valor legal conforme al Artículo 137, 138 y 142 de la Ley 1437 de 2011. 

La acción de Controversias Contractuales permite que se declare la existencia o nulidad de un contrato, que se hagan las declaraciones, condenas o restituciones consecuenciales y que se ordene su revisión. 

Tipos documentales:

· Demanda

· Autos de sustanciación e interlocutorios

· Contestación

·  Actas de Audiencias

· Pruebas

· Alegatos 

·Fallo primera instancia 

·  Recursos 

· Fallo de segunda instancia

· Memoriales 


Área de valoración


Tiempos de retención:

2 años en Archivo de Gestión.

18 años en Archivo Central.

Disposición final:

Selección (S); Eliminación (E)

Esta agrupación documental debe conservarse por veinte (20) años a partir del cierre del trámite: dos años en el archivo de gestión y dieciocho años en el archivo central. 

Se seleccionan para conservación las acciones en las que la Corporación haya sido condenada a pagar sumas mayores a trescientos salarios mínimos mensuales legales vigentes.Tras realizar un análisis de las características y particularidades inherentes a las acciones constitucionales, penales, y contencioso-administrativas, así como considerando las especificidades operativas de la Corporación, resulta pertinente y necesario proceder con la selección documental de manera anual. Esta periodicidad asegura un manejo adecuado de la información, conforme a la Ley 594 de 2000 y sus normas y acuerdos concordantes.

Los tiempos de retención se cuentan desde el cumplimiento del fallo de primera o segunda instancia, según corresponda. 

Fundamento Jurídico


Área de control de la descripción


Nota del archivero

Elaboró: ADRIANNY ARRIETA -AUXILIAR ADMINISTRATIVO -GDYA

Fuente:

TRD 2025 CRA.

Reglas o normas:

conforme a la Ley 594 de 2000 y sus normas y acuerdos concordantes.

Artículo 137, 138 y 142 de la Ley 1437 de 2011.

Fechas de la descripción

Fecha de Elaboración: 2026-09-07

Fecha de Aprobación: 2026-09-07

A B C D E F G H I L M N O P R S T U V
Titulo Aprobó Fecha de elaboración Fecha de aprobación